Primeras impresiones respecto al criterio técnico de Inspección de Trabajo sobre riesgos psicosociales

Tiempo de lectura: 9 minutos

Realizamos un primer análisis del Criterio Técnico sobre actuaciones de la Inspección de Trabajo en riesgos psicosociales

Realizamos un primer análisis del Criterio Técnico sobre actuaciones de la Inspección de Trabajo en riesgos psicosociales

El pasado 15 de abril se publicaba el Criterio Técnico CT 104/2021, sobre actuaciones de la inspección de trabajo y seguridad social en riesgos psicosociales, con el que se viene a atender la Comunicación de la Comisión Europea (CE) de 10 de enero de 2017, donde se estableció mandato al Comité de Altos Responsables de la Inspección de Trabajo (SLIC) de elaborar un procedimiento de actuación, concluyendo con la publicación en el año 2018 de la “Guía para valorar la calidad de las evaluaciones de riesgo y gestión de la prevención con respecto a la prevención de los riesgos psicosociales”, cuya adaptación al marco legal vigente en España y a las competencias de la ITSS en nuestro Estado nos llevan al presente CT. 

Ya en la Comunicación de la CE se hacía frente a una realidad contrastada:

  • Más de la mitad de los trabajadores de la UE señalan que el estrés es habitual en su lugar de trabajo.
  • La mitad de los días de trabajo perdidos son consecuencia del efecto nocivo del estrés en la salud de los trabajadores.
  • El aumento de siniestralidad laboral motivada por el estrés.
  • Una quinta parte de las rotaciones del personal guarda relación con el estrés en el trabajo.

Ahora permítidme volver a recordar la fecha de la Comunicación de la CE, 10 de enero de 2017, imaginemos la evolución de los datos en estos cuatro años teniendo por medio la mayor crisis sanitaria de nuestra época y el efecto directo demostrado que está teniendo en nuestra #saludmental, creo que es evidente la relevancia de esta publicación y la indiscutible importancia que tiene la gestión de los riesgos psicosociales en nuestras organizaciones.

En su desarrollo el CT 104/2021 mantiene la vigencia de los Criterios técnicos CT 69/2009 sobre Acoso y Violencia en el Trabajo y el CT 87/2011 sobre prevención del riesgo de atraco en los lugares de trabajo, vertebrando su estructura en torno a las tres actuaciones inspectoras más frecuentes:

  • Control de la gestión preventiva de los riesgos psicosociales.
  • Las motivadas por las denuncias de los trabajadores sobre la exposición a estos riesgos.
  • Cuando se presenten daños a la salud y accidentes de trabajo motivados por dicha exposición.

Control de la gestión preventiva de los riesgos psicosociales.

Recomendamos adentrarse en las definiciones y conceptos básicos que nos aporta el CT 104/2021, ya que nos ayudarán a unificar criterios y aclarar el significado de muchos de los términos usados comúnmente cuando afrontamos estos riesgos. Un ejemplo claro lo podemos ver con los factores psicosociales, estos pueden ser positivos o negativos, los primeros los potenciaremos y los segundos deberemos valorarlos como factores de riesgo ya que pueden afectar a la salud y bienestar de las personas trabajadoras.

Permitidme destacar también un punto muy importante y que muchas veces ha sido motivo de controversia y de distintas interpretaciones “…los factores de riesgo psicosocial… pueden estar presentes en todo tipo de trabajo sin ninguna excepción…”,  con independencia de sus distintas particularidades y que estos no actúan de forma independiente, es decir, tienen un origen multicausal.

La evaluación de riesgos psicosociales no se diferencia del resto de especialidades, por tanto se debe dirigir por las mismas reglas:

  • La dirección de la empresa debe estar implicada.
  • Debe cubrir la totalidad de los puestos de trabajo incluyendo los ocupados por personal de ETT.
  • La capacitación de los técnicos será la misma que para el resto de disciplinas.

Para afrontar la evaluación lo podemos hacer de forma separada o por secciones o centros de trabajo debiendo justificar esta elección. Por nuestra parte consideramos que, cuando no afrontamos la evaluación de forma conjunta, podemos perder la trazabilidad del origen de los riesgos, cuando analizamos factores psicosociales no podemos aislarnos de la organización de la empresa.

Particularidades presentes en la gestión de los riesgos psicosociales que deberemos tener en cuenta a la hora de diseñar nuestra estrategia de intervención:

  • Identificación y valoración de los riesgos: La mayoría de los factores de riesgo psicosocial no son identificables a simple vista, salvo algunos evidentes. En el CT nos ponen el ejemplo del trabajo a turnos, por lo que la identificación y la evaluación se suelen realizar de forma simultánea.
  • Fuentes de información que deben ser consideradas: La naturaleza de estos factores de riesgo hacen necesaria la combinación de distintos métodos de obtención de la información, alternando datos objetivos con acciones que nos permitan conocer la percepción de los trabajadores, siendo lo ideal el uso de la triangulación que nos permite combinar varias modalidades con el fin de objetivar los datos obtenidos. Por nuestra parte consideramos  que es indispensable partir siempre de un gran conocimiento del sistema organizacional, y que basar una evaluación de riesgos solo en una indagación cuantitativa limita la posibilidad de analizar la naturaleza de los hechos ya que muchas veces los resultados de estos métodos no son concluyentes, obteniendo datos opuestos, contradictorios o extremos que requieren de un análisis cualitativo (entrevistas, grupos de discusión, etc.) a través del cual, el psicosociólogo puede contrastar, evaluar y definir medidas de valor.

                        Fig.1 – Esquema Triangulación de datos, PrevenControl.

  • Protección de la intimidad y confidencialidad de los datos: Debemos garantizarla en todo el proceso, algo inherente a nuestra profesión por nuestro deber de sigilo profesional. En cuanto al anonimato, este puede contribuir a aumentar la participación y sinceridad de los trabajadores cuando usemos cuestionarios en la fase cuantitativa.
  • Elección del procedimiento y el método de evaluación: El procedimiento de evaluación que utilicemos debe proporcionar confianza sobre su resultado, tal y como refieren los Art. 5.2 y 5.3 del RSP.

Dejando claro que no se pueden utilizar para la evaluación de riesgos psicosociales cuestionarios que no fueron creados para tal fin como las encuestas de clima o de satisfacción laboral, algo necesario ya que en algunos casos se han venido usando para justificar que se estaban trabajando estos factores cuando la finalidad para la que fueron creados no es esta. Otra cosa distinta es la información complementaria que pueden aportar estos cuestionarios en el proceso de evaluación.

Tal y como hemos reflejado anteriormente, la indagación cualitativa es la técnica que permite clarificar datos y objetivar los resultados, tornándose imprescindible cuando los resultados de los cuestionarios no son determinantes.

Cuando el método empleado no abarque todos los factores de riesgo psicosocial presentes en la organización, se utilizarán herramientas complementarias que den cobertura a esta necesidad. Un ejemplo claro podría ser la modalidad de trabajo a distancia ante la necesidad de dar cabida a lo expuesto en el R.D. Ley 28/20, podéis ver un ejemplo en nuestro anterior post, Abordaje de los riesgos ergonómicos y psicosociales en el teletrabajo.

  • Métodos simplificados en pequeñas empresas: Para empresas de menos de 25 trabajadores se podrán utilizar metodologías generales de evaluación que incluyan la identificación de los riesgos psicosociales como por EVALUA-T.
  • Las unidades de análisis: Clave en el diseño de nuestra estrategia de evaluación, estarán compuestas por puestos de trabajo o agrupaciones de estos que cumplan el requisito de estar potencialmente expuestos a los mismos factores de riesgo, no pudiendo mezclar mandos y subordinados. Tampoco se podrán combinar secciones o centros, salvo en el caso que no podamos preservar el principio de confidencialidad y protección de datos por la poca ocupación del puesto, algo que puede complicarse al integrar una de las principales instrucciones que incluía el mandato de la CE; que las evaluaciones de riesgo deben tener en cuenta la diversidad (género, edad, origen cultural, discapacidad…), que unido a variables propias del desempeño laboral, eventualidad, horarios, teletrabajadores, …, pueden suponer una gran dificultad a la hora de definir las agrupaciones y variables demográficas.

Particularidades presentes en la gestión de los riesgos psicosociales que deberemos tener en cuenta a la hora de diseñar nuestra estrategia de intervención:

La definición de medidas preventivas, su implantación y posterior seguimiento es realmente la parte fundamental de toda estrategia. De poco vale un buen diagnóstico si no sabemos qué le vamos a prescribir al paciente y no controlamos su evolución, pero la realidad es que este es el punto en el que más se quedan estancados la mayoría de los procesos de evaluación de riesgo psicosocial.

En el CT 104/2021, se diferencia diversos niveles de actuación (primario, secundario y terciario) para su aplicación cuando sea necesario, siendo las medidas organizativas o primarias las que tienen prioridad por combatir el riesgo en su origen, es decir, incidimos en el foco del problema.

El fin debe ser que las medidas que se adopten busquen la integración de la prevención en la gestión ordinaria de la empresa, es decir, que todos sean participes y conocedores de su influencia en el desarrollo de su actividad. Para conseguir dar un salto de calidad en el diseño e implantación de las medidas preventivas, teniendo clara la importancia de este punto, te invitamos a leer el artículo, Psicosociología, ¿y ahora qué?

Protección de los trabajadores ante la exposición a riesgos psicosociales

Como decíamos, son las actuaciones inspectoras motivadas por las denuncias de los trabajadores sobre la exposición a estos riesgos:

  • Situación de estrés laboral.
  • Violencia y acoso en el trabajo, de aplicación los CT 69/2009 y 87/2001.
  • Estrés laboral por motivo de la ordenación del tiempo de trabajo y la desconexión digital, artículo 88 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre y Art. 20 bis y 34 a 38 ET.
  • Situaciones de estrés no ligadas al trabajo. Causas no relacionadas con la organización y el entorno de trabajo.

Una de las desviaciones principales que nos encontramos es la falta de políticas internas que definiera las modalidades del ejercicio del derecho a la desconexión.

De igual manera las empresas deberían disponer de protocolos de actuación en materia de acoso y violencia en el lugar de trabajo que contemplen todas las modalidades de acoso u hostigamiento en cualquiera de sus variantes, en concreto en la de ciberacoso, ya que esta no suele estar tipificada como tal en gran parte de los modelos implantados.

Daños a la Salud debido a la exposición a riesgos psicosociales

Como ultimo punto, se tratan las actuaciones inspectoras ante supuestos en que la salud del trabajador haya sido dañada por la exposición a riesgos psicosociales, siendo las más típicas:

  • Investigación de daños a la salud, cuando sospechemos que los daños a la salud de una persona trabajadora pueden tener origen en un factor de riesgo psicosocial, se debe proceder a su investigación.
  • Vigilancia de la salud tras reincorporación al trabajo, necesidad de examen de salud tras baja prolongada para valorar la aptitud del trabajador para el desempeño de su puesto de trabajo. 
  • Adscripción de los trabajadores a puestos compatibles con su estado de salud, los trabajadores tras su reincorporación deberán ser adscritos a puestos de trabajo compatibles con sus características personales y estado psicofísico sobrevenido, de forma permanente o transitoria.
Hombre riesgo psicosocial

Como es lógico por la naturaleza de este documento, en él se agrupa toda la información necesaria para el seguimiento y control propio de la acción inspectora, incluyéndose cuadros y referencias donde se tipifican tanto el incumplimiento e infracción como los articulados afectados, algo que consideramos de mucha utilidad para todos los profesionales.

Volvemos a recomendar la lectura de todas las definiciones y conceptos básicos que a lo largo del documento van ilustrando su interpretación ya que como decíamos, profundizar en estos nos permite asentar y ampliar nuestro conocimiento en el alcance de los factores psicosociales.

También importante adentrarnos en los anexos, ya que en ellos nos encontraremos con herramientas tan útiles como el check-list de actuaciones inspectoras sobre prevención de riesgos psicosociales (Anexo I), factores frecuentes por actividad (Anexo III), o el compendio de medidas preventivas más frecuentes (Anexo IV).

Como conclusión podríamos decir que el CT 104/2021 vertebra el cumplimiento legal y representa un gran avance en la gestión de factores psicosociales y por tanto en la mejora de la salud de los trabajadores pero hoy en día no podemos quedarnos ahí, debemos seguir avanzando al ritmo que evoluciona la sociedad, una vez que tenemos analizada nuestra organización y establecida una buena gestión del riesgo, nos queda aún mucho camino que recorrer, porque si algo tenemos claro es que como cuando llegamos a una cima, con la evaluación sólo hemos hecho la mitad del camino.

Y es que la gestión psicosocial es el hecho catalizador del compromiso de toda la organización en la gestión de los riesgos.

A través de ella, se establecen sinergias directas con otras áreas de gestión de resultados dentro de la empresa, producción, RRHH, etc, donde la evaluación de riesgos psicosocial se convierte en un elemento de apoyo, que nos ayuda a valorar la eficacia de los distintos sistemas implantados, planes de igualdad y ayuda al empleado, ventajas sociales, responsabilidad social corporativa, EFR, OHSAS/ ISO, etc.

Los “efectos secundarios” de esta gestión serán (y perdonadme las redundancias): mejora de la productividad y gestión de equipos de trabajo, mejora del clima laboral, mejora de la satisfacción del cliente, mejora de los índices de salud generales de nuestra organización, mejora de la imagen corporativa de la entidad, incremento de la creatividad y lo que es más importante, mejora de la salud de todos los trabajadores.

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Fotografía de portada de Anthony Tran

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