CAE desde la perspectiva de Inspección de Trabajo

Podcast Vision Zero

Un espacio para que todos reflexionemos y aprendamos sobre la gestión de la Seguridad y Salud Laboral

Conducido por Joaquim Ruiz, CEO de PrevenControl, y Salvador Carmona, CEO de I+3, con el apoyo y la colaboración de PRL Innovación.

Escucha”S04E37-CAE desde la perspectiva de Inspección de Trabajo” en Spreaker.

Joaquim: Seguimos con el tema de la CAE que tantos oyentes nos dio en el podcast anterior y lo vamos a hacer desde una perspectiva diferente, desde otro ángulo.

Salvador: Sí, hemos decidido buscar otro ángulo y hemos llamado a un inspector de trabajo para que nos cuente su visión desde el otro lado. Normalmente achacamos a la inspección la cantidad de documentación que se genera con la Coordinación de Actividades Empresariales y vamos a ver cuánto de eso es verdad por preguntándole a un inspector. Hoy está con nosotros Alberto Paramio que es inspector de trabajo y Seguridad Social. Hola Alberto.

Alberto: Hola qué tal, muy buenas a todos. Encantado de estar aquí y colaborar en todo lo que se pueda para hablar de un tema que parece que nunca se agota.

Joaquim: Empezamos con la primera pregunta que siempre hacemos a todos los entrevistados: ¿Quién es Alberto Paramio?

Alberto: Aunque empecé en la abogacía a los tres o cuatro años ya ingresé por oposición en el cuerpo de subinspectores y después oposité también para hacer el ingreso en el cuerpo superior de inspectores de trabajo. Estuve muchos años fuera, principalmente en Barcelona, y después, pues he estado ya en Asturias des del año 1996 ejerciendo hasta la actualidad. He dedicado bastante tiempo a este tema, sobre todo en el sector de la construcción, que es donde la coordinación tiene un intríngulis y se sale de la línea general, he escrito cosas sobre ellas, la visión práctica es bastante grande, muy extensa, y a lo largo de la charla podremos podemos ir desgranando cositas sobre este aspecto.

Joaquim: Oye Alberto, la CAE parece que no está dando los resultados esperados, no está cumpliendo quizá con los objetivos que en su día tenía el legislador o al menos eso es lo que parece. La CAE se ha convertido en un intercambio de documentación que tiene por objetivo principalmente cubrir las espaldas de las empresas que contratan y por el lado del contratista tiene como objetivo poder entrar al centro de trabajo casi como sea. En la mayoría de casos, digamos, se va un poco hacia esta dirección, no hay por contra una coordinación efectiva y seguimos viendo como hay muchos accidentes de contratistas y subcontratistas. Alberto en tu experiencia como inspector ¿qué te encuentras en el ámbito de la CAE?

Alberto: La Coordinación de Actividades Empresariales es más compleja de lo que en un principio parece ser porque el artículo 24 tiene cinco apartados y cada uno tiene sus intríngulis. Y después el legislador ha hecho un Real Decreto, el 171 que sólo se puede asumir hasta la artículo 10, después es infumable, es muy complicado, muy complejo. A veces se califica un accidente por falta de coordinación cuando verdaderamente no es por falta de coordinación. No toda la concurrencia de varias empresas significa que si un señor se cae de altura no tiene nada que ver con incompatibilidad entre dos empresas sino que falta la protección. Cuando habláis de documentación, yo creo que son las propias empresas las que se han metido en un pozo pero no solamente en materia de Coordinación de Actividades Empresariales sino en general de prevención. Una empresa cuando contrata a otra casi le pide hasta la partida de nacimiento. Pero no es un problema que lo exija la inspección ni la normativa es que se ha creado una dinámica, pensando que con papeles, no sólo en coordinación sino en más ámbitos de la prevención. Por qué a mí siempre me ha llamado la atención después de muchos años visitando empresas, centros de trabajo, hablando con técnicos, hablando con trabajadores, con comités de Seguridad y Salud, con responsables de la empresa de Seguridad… llegamos a la conclusión que a veces te preguntas ¿Y usted por qué pide tantos papeles para entrar en una empresa? Cuando en realidad a una empresa, digo de manera singular, específica, el artículo 10 del real decreto 171 te dice que es, lo que todos conocemos en la práctica, cuando una empresa entre otro sitio aparte de los matices, le dice solo que tiene que pedir la evaluación de riesgos, la formación y la información de los trabajadores y en relación con eso que va a hacer, nada más. Pero se ha creado una dinámica de la que es partícipe y culpable todos los que estamos dentro de la prevención pero no es porque se haya creado una cosa que la inspección pida papeles. Entonces, te abren una carpeta y te encuentras hasta el seguro de responsabilidad civil. Y no digo que se tenga que pedir o no pedir sino que en realidad hemos creado una dinámica entre todos un poco problemática. ¿Sabes qué nos falta verdaderamente? Un procedimiento de coordinación. Se piden muchos papeles pero no se pide el procedimiento de coordinación. ¿Cómo me voy a articular yo contigo? ¿Quién habla primero de los tres? Y ¿qué pasa puede interferir uno? Y sobretodo en construcción. En construcción se agrava más porque participa un señor que no tiene nada que ver desde el punto de vista laboral con las empresas y los trabajadores que participan ahí. Esta es un poquitín mi impresión sobre ese tema.

Salvador: ¿Cuáles son los principales errores que cometen las empresas?Viéndolo desde fuera. Ya has dado una pista y es que falta el procedimiento de coordinación.

Alberto: Que sea muy poco y muy claro. La coordinación es comunicación. Si no se comunica bien da igual que tengas muchos documentos que no. Es decir, se está a tantas cosas que después lo principal que es la comunicación entre las propias empresas se olvida, ese es un factor fundamental. Y dos que a veces se ocupa a mucha gente en la coordinación y yo creo que la coordinación tiene que ser mucho más sencilla y sólo unitaria, que sea un señor o señora la que marque las pautas y no intervenir muchos en la materia.

Para mí en los accidentes que me he encontrado por falta de coordinación, ese es el detalle. En ese pequeño detalle que te olvidas cuando estas imbuido en una materia muy escabrosa y además con muchos documentos y con mucha gente. Falta un poco, incluso diría que poder de dirección al que sea coordinador.

Joaquim: Ahora me ha venido a la cabeza una cosa que me contó una persona de una constructora española que se fueron a trabajar a Francia y sabían un poco francés pero no se acaban de entender con los trabajadores de allí. Entonces dice que cada mañana les hacían un croquis de lo que se tenía que hacer y dónde estaban los peligros y tal y les fue estupendamente y se entendían perfectamente todos. Pero dice, claro, esto luego como lo presentas a un inspector o a quien sea porque se cachondean. Y te dice: ‘la mejor CAE que habíamos hecho nunca era hacer el dibujito cada mañana de lo que haríamos durante aquel día’. A veces quizá hemos pecado todos de un exceso.

Alberto: Hay que tener en cuenta que la legislación, no estoy hablando de construcción, la legislación de coordinación normal y corriente, el Real Decreto 171 no te exige, te dice que la mejor coordinación es la que sea eficaz, la que funcione. Si tu en tu centro de trabajo con un silbato, solo con un silbato logras que eso sea sencillo… Además el descreto comete errores, dice medios de coordinación y enumera como 10 o 12 y al final te pone: incluso puede ser una persona el recurso preventivo. Vamos a ver… Lo lees y es así… Para hacer coordinación, cuando tienes un cruce con cuatro vías si pones unos semáforos o pones un guardia el requisito es la persona que realiza la coordinación, después hay maneras de hacerlo. Yo creo que hay la confusión del legislador pero también te dice tanto en construcción como un tema general que lo que sea más efectivo. Si tu controlas los riesgos, siempre que sean incompatibles, de la manera más eficaz. Yo sigo pensando que la manera de organizar la coordinación es como organizar una cena entre amigos. Tiene que ser alguien que dirija, si hay muchos, malo. En construcción porque tenemos una figura que han metido ahí a calzador que se llama el Coordinador de Ejecución de Obra que todo el mundo le ha dado los palos a él y es un tío que no tiene a los trabajadores, que no tiene poder sancionador, que va por la obra de vez en cuando… un jaleo. Pero fuera de ahí, normalmente suele coincidir al empresario principal con el empresario titular del centro de trabajo. El empresario titular o el principal es el único que debe mandar en esta materia y poner la persona que lo dirija. Cuando hay muchos y hay un comité y ahora una cosa y ahora otra, y ahora entra uno… ahí es donde empezamos a perder un poco la comunicación directa y el sentido de ‘yo estoy aquí para atajar este riesgo, para estar pendiente’. Se va perdiendo.

Joaquim: Los árboles no nos dejan ver el bosque. Estamos más pendientes de papeles que de lo que tenemos que hacer. En caso de un accidente grave o mortal en el que se inicia un proceso judicial, tener toda la documentación que se está coleccionando, recopilando ¿exime de responsabilidad? Se tiene que analizar en cada caso. ¿Qué se demuestra con la obligación de coordinar con un papel?

Alberto: No exime ni culpa. Por lo menos en mi manera de proceder y creo que también en la mayoría de compañeros en esta materia, lo primero cuando hay un accidente es saber la causa directa. Para hacer un símil, tú puedes tener 4 empresas, tener más o menos riesgos entre ellas, en algunas fases y otras no, pero de repente tienes un accidente porque un señor no bajó la protección del disco de sierra y se llevó un dedo. ¿Qué tiene que ver eso con la coordinación? Pero primero tienes que saber la causa. Una vez que sepas la causa ya puedes analizar las cosas. Si la causa fuera estrictamente la falta de coordinación por qué dos riesgos no sé dijeron y no se protegieron y no se establecieron los pasos necesarios… Entonces, primero la causa y después podemos ver si encima no tienes nada de eso previsto es como si te clavan un puñal pero puede suceder que lo tengas previsto pero que también ocurra el accidente. ¿Cuál es la causa de este accidente de tráfico? Este señor se ha pasado un semáforo en rojo, iba a 200 km por hora y encima llevaba una tasa de alcoholemia que triplicaba. Y tú dices, ¿tiene usted la ITV pasada? Es un símil muy bueno. Mire la ITV puede ser una sanción administrativa pero esto como accidente no tiene nada. ¿Si hubiera tenido con esas condiciones se habría evitado el accidente? Es un símil para centrar un poco más la cuestión.

Salvador: ¿Cómo vería la inspección de trabajo una declaración responsable por parte de los empresarios que van a entrar a trabajar juntos que recogiera el compromiso de ambos de coordinarse y poner sobre la mesa un procedimiento para la gestión de los riesgos, serviría solamente como documento?

Alberto: Me llama la atención lo de la declaración responsable porque es que con esto de la pandemia, toda la normativa laboral que salió ahora, como estaban las oficinas públicas cerradas, todo se tramitaba telemáticamente, pues para no trabar las cosas se ha pedido en muchas situaciones laborales de seguridad social y de prevención una declaración responsable. Es decir, mire, yo voy a solicitar el desempleo y hago una declaración responsable de que reúno todos los requisitos. No tienes que hacer una declaración responsable porque la legislación ya te exige grandes cosas. Es como si vas a un notario y le dices, quiero hacer una declaración responsable, yo mañana voy a asesinar a dos personas pero no quiero saber nada eh? ¿Te vale para algo? No. Es decir, tu matas a dos personas y da igual que hayas dicho al notario tu declaración responsable de que no quieres saber nada porque la policía te va a perseguir. Entonces una declaración responsable sería hacer más papeles todavía. Más papeles todavía. No tiene por qué existir una declaración responsable cuando tienes una normativa que te obliga a cosas. A mí no me serviría de nada. Estaría muy bien como complemento entre empresas pero si después no tienes cumplida la normativa de coordinación de qué te sirve la declaración responsable.

Salvador: Bueno yo te lo decía para evitar el trasvase de papeles entre empresas.

Alberto: El trasvase de papeles entre empresas es un tema que se ha creado entre las propias empresas. En construcción, por ejemplo, los coordinadores de seguridad y salud, los propios colegios profesionales en su momento que crearos esta figura se metieron ellos mismos en el bollo. Entonces el coordinador pide a un trabajador hasta qué edad tiene. Que un menor es un tema laboral. El miedo con esto que tendré si pido los papeles yo creo que sería añadir otro documento, otro problema, a un problema que debe ser de comunicación, muy sencillo y con una única dirección. Y el legislador tampoco ha ayudado nada. En el Real Decreto 171 lo ha tratado de simplificar incluso diciendo bueno y en caso de coordinación los riesgos que sean graves o muy graves por escrito, no ha dicho ni los leves.

Salvador: Con esto de la pandemia como el legislador ha pedido a los servicios de prevención la colaboración para el control de la pandemia en los centros de trabajo, esto ha vuelto a repercutir sobre la CAE y de nuevo se han incluido otros requisitos a la hora pues de formación específica sobre el Covid, de intercambio de información en cuanto incluso a si una persona ha pasado el Covid o no… Se han incrementado los requisitos para entrar en los centros de trabajo y esto buenas ha despertado en algunas empresas mucha inquietud. ¿Cuál es vuestro punto de vista?

Alberto: Bueno yo de virus no entiendo como decía el entrenador del Liverpool cuando le preguntaron en una rueda de prensa. Decía ‘esto es tan complicado como para que yo aquí vaya a decir algo sobre un tema que desconozco’ y lo decía con toda humildad y decía ‘yo hablo de fútbol’. Es por eso que digo yo de virus no tengo ni idea. Lo que tenemos bien claro es que la Covid no es un riesgo laboral. Está ya determinado así. No es un riesgo laboral es un tema de salud pública. Con lo cual es evidente que al existir en centros de trabajo, las medidas para este riesgo son las que todos más o menos conocemos a la práctica salvo que haya un proceso un poco más complicado de separación, no? Entonces ahí nosotros nuestra actuación al principio de la pandemia empezó siendo dudosa porque todo el mundo teníamos dudas con las instrucciones. Al final se clarificó bien claro y aparece en los documentos de actuación de los servicios de prevención en cuanto al Covid sobre este tema. De que si hay en un centro de trabajo, respecto de los trabajadores, porque si lo es respecto de los trabajadores también se ve afectado el público en general, si respecto de los trabajadores se están incumpliendo las medidas sanitarias porque esto es sanidad, nosotros ahí incluso ni podíamos paralizar, que hubo dudas al principio sino decir a la empresa, oiga, cumpla las normas en materia sanidad porque si es un tema que se ve flagrante, eso lo remitimos a la autoridad sanitaria que es quién puede tomar las medidas en esa materia incluso el cierre del centro de trabajo. Claro que afecta en un centro de trabajo, la distancia, la limpieza, fomentar el teletrabajo si se puede, no es lo mismo una oficina que un taller de carpintería que una obra de construcción donde puedes tener espacios al aire libre y más distancia. No creo que genere más preocupación de la que tenemos todos en este tema.

Salvador: Ya te digo que ha generado mucho ruido en cuanto a la solicitud de requisitos entre las empresas.

Alberto: Lo hemos hablado muchas veces que todo lo que surge como novedad siempre genera una especie de alteración porque las empresas dicen ‘Ya estoy bastante cargado de cosas como para cargar con otra’. Es inevitable y comprensible también.

Si quieres consultar otros podcast, revisa el listado de podcasts publicados, donde encontrarás otras reflexiones acerca de cómo evolucionar la gestión de la seguridad y salud que pueden resultarte de interés. Si además, crees que podemos ayudarte a dar un paso más para mejorar la Cultura de Seguridad de tu organización, ¡consúltanos! ¡Feliz verano!

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